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El Ministerio de Trabajo recuerda a todos los empleadores,
presentar ante la Dirección General de Trabajo (DGT), la Planilla del Personal
Fijo (DGT-3) dentro de los primeros quince días de enero del 2023.
De igual manera, se les recuerda que las Planillas de Personal
Fijo se renovarán anualmente y se depositarán ante la Dirección General de
Trabajo a más tardar el día 15 de enero, de acuerdo a lo establecido en el
Artículo 15 del Reglamento 258-93 para la aplicación del Código de Trabajo,
señala este lunes un anota de prensa.
Asimismo, el Ministerio de Trabajo ha establecido que para
la renovación es imprescindible actualizar los datos de la empresa y los
establecimientos, para poder continuar con el registro en el sistema.
En igual forma, se requiere que el documento sea registrado
a través de la dirección electrónica https://ovi.mt.gob.do procediendo a
inscribir a sus trabajadores en el establecimiento en que esté prestando
servicios.
Una vez estén seguros de que las informaciones contenidas
en la planilla estén correctas, deberán proceder a realizar el pago
correspondiente por medio de una de estas dos vías: realizar una transacción
electrónica con tarjeta de crédito o de débito o adquirir un PIN en una de sus
Representaciones Locales de Trabajo y proceder con el registro definitivo.
La más alta autoridad administrativa en las relaciones de
trabajo, informa que para los registros de nuevas empresas o empleadores se
debe seguir el procedimiento siguiente: Ingresar a la dirección
https://ovi.mt.gob.do y presionar la opción de nueva empresa para crear el
usuario.
Una vez creado el usuario y siguiendo los pasos del
sistema, completará los datos de la empresa y el establecimiento.
Tan pronto se haya finalizado el registro de los
trabajadores y enviado su DGT-3, el mismo le generará el monto a pagar. La
forma de pago se hará como se ha indicado anteriormente.
El Ministerio de Trabajo pone en su conocimiento de que,
transcurrido el plazo de los primeros quince días de enero y el empleador no
haya cumplido con este mandato legal, será susceptible de las sanciones penal
laboral contempladas en el Código de Trabajo.
Fuente: Nuevo Diario